Renovación de Pasaportes
Los ciudadanos venezolanos y ciudadanas venezolanas, tendrán derecho, por motivo de vencimiento, pérdida o deterioro, a tramitar un nuevo pasaporte ordinario ante las Embajadas y Consulados de la República Bolivariana de Venezuela, residentes o no en su jurisdicción y/o circunscripción, previo cumplimiento de lo establecido en el artículo 11 de la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía.
Los pasaportes vencidos serán devueltos a sus titulares, con el sello de anulado en cada una de sus páginas, salvo las que tienen visas vigentes, o cualquier otra información relativa al estatus migratorio.
Los interesados deberán presentar los siguientes recaudos:
• Pasaporte vencido o deteriorado (original
y fotocopia).
• Cédula de Identidad laminada, aún esté vencida
(original y fotocopia).
• Si es venezolano por nacimiento, la Partida de Nacimiento
(original y fotocopia).
• Si es venezolano por naturalización, la Gaceta
Oficial o Resolución que le otorga la nacionalidad venezolana
(original y fotocopia).
• Consignar llena la planilla de “Solicitud
de Pasaporte”, la cual es suministrada por la Sección
Consular.
• Cinco (5) fotografías, de frente con un
plano cercano del rostro, a color, fondo blanco, tamaño
carnet (3 x 4 cm).
• En el caso de los menores de edad se requiere autorización
de ambos padres o del representante legal, junto con la copia de la identificación
de cada unos de ellos.
• En el caso donde el número de solicitudes excedan la cantidad documentos
en la Misión, se procederá a otorgar prioridades a los residentes
en la jurisdicción. En este sentido, se recomiendo consignar con su solicitud
el estatus migratorio, y/o cualquier documento que demuestre su residencia en
el país.
• Una vez revisados los recaudos y autorizada la emisión del pasaporte,
el solicitante deberá cancelar la suma de US$. 80.00, en la entidad bancaria
correspondiente, por concepto de derechos consulares, a excepción
de los menores de edad, quienes se encuentran exonerados del pago de los derechos
consulares.
*Observaciones: En caso de extravío de un documento venezolano (Cédula de Identidad, Pasaporte), ya sea por robo o pérdida, el solicitante deberá previamente presentar la denuncia ante el Centro de Recepción de Denuncias de la Policía de Panamá, y exponer su caso, a fin de efectuar los trámites pertinentes.
El extravío del pasaporte ordinario venezolano deberá ser probado por el titular en forma fehaciente y a completa satisfacción del funcionario diplomático o consular. A tal efecto, deberá presentar comprobante de la denuncia antes mencionada, así mismo, proveerá la mayor información sobre los datos del pasaporte extraviado, como número de serial, lugar y fecha de expedición, entre otros.
El funcionario diplomático o consular exigirá los documentos probatorios de la nacionalidad venezolana, de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 de la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía.
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