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¿Cuales son algunos de los asuntos que NO se pueden tramitar ante la Sección Consular?
Algunos de los asuntos que  NO se pueden tramitar en la Oficina Consular  son:
    * Legalizar o apostillar documentos venezolanos para ser presentado ante las autoridades Panameñas.
    * Legalización de documentos civiles o de estudio Panameños.
    * Emitir copia certificadas de documentos venezolanos, excepto nacimientos, matrimonios y defunciones registradas en la Sección Consular.
    * Actualizar o extender la vigencia de un documento venezolano que ha caducado.
    * Expedir constancias relativas al estado civil.
    * Expedir constancias relativas a los antecedentes penales o buena conducta.
    * Expedir constancias de residencia en Venezuela.
    * Sellar documentos privados (excepto facturas para Seguros Médicos Venezolanos).
    * Expedir documentos a una persona totalmente indocumentada.
    * Utilizar la Sección Consular para realizar trámites personales ante las autoridades Panameñas.
    * Tramitar Fe de Vida sin la presencia del interesado.
* Certificar licencias de conducir
    * Dar ayudas económicas y/o repatriar.
    * Sugerir o recomendar profesionales.
    * Colocar en sus oficinas propaganda.
    * Asumir el pago de los gastos derivados de tratamientos médicos, traslado de cadáveres y situaciones de pérdida o sustracción de dinero.
    * Interferir en procesos judiciales y decisiones de inadmisión.

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES

1.¿Puedo solicitar una Constancia de Buena Conducta ante la Sección Consular?
No. Los Consulados y Secciones Consulares venezolanos en el exterior no podemos certificar la conducta de nuestros nacionales en Venezuela ya que excede de nuestras competencias y ámbito de actuación que sería de la circunscripción consular que abarca la República de Panamá. Les recordamos que las autoridades panameñas solicitan este tipo de documentos para verificar la conducta de la persona no en Panamá, sino en el país de origen (Venezuela).
La Constancia de buena conducta, la puede solicitar en la Prefectura del último lugar donde residió en Venezuela, bien la puede  tramitar personalmente o a través de una tercera persona con una autorización simple. Dicha constancia deberá estar legalizada (con el sello Apostilla de la Haya) para que tenga validez en Panamá. El único organismo competente que puede  “apostillar” documentos venezolanos es el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores (MPPPRE). Para mayor información puede consultar la siguiente dirección de Internet www.mre.gob.ve

2.¿Puedo solicitar una certificación de “Antecedentes Penales” ante la Sección Consular?
No. La Sección Consular de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en la República de Panamá hace constar que la División de Antecedentes Penales, adscrita al Viceministerio de Seguridad Jurídica del Ministerio del Poder Popular para Interiores y Justicia, es la única instancia que emite Certificación de Registro de Antecedentes Penales a las autoridades públicas o a personas autorizadas debidamente.  
Para que una persona le pueda tramitar la solicitud de antecedentes penales en Venezuela, deberá hacerlo mediante  Poder notariado en el cual  autoriza a realizar dicho trámite ante el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y  en lo que respecta a la “Apostilla” ante el Ministerio del Poder Popular Para Relaciones Exteriores,  para que surta los efectos legales ante la autoridad pertinente en el exterior.
En caso de que el solicitante no pueda autorizar a alguien en Venezuela para efectuar este trámite, la Sección Consular puede servir de intermediario. Sin embargo, el proceso de solicitud a través de esta Oficina puede demorar hasta más de cinco meses.

3.¿Si tengo un documento venezolano, es decir, emitido en Venezuela, sin legalizar, puedo solicitar el sello Apostilla de La Haya ante la Sección Consular?
No. Dado que las Secciones Consulares o Consulados solo pueden legalizar documentos que hayan sido emitidos dentro de la circunscripción consular (Panamá). Aquellos documentos (llámese actas de nacimiento, matrimonio, defunciones, constancias de estudios, certificaciones de notas, etc., que  provienen de Venezuela, deberán ser legalizados en el territorio de la República ante la autoridad pertinente.
Se les recuerda que el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores (MPPRE) es el único organismo que puede legalizar con el sello Apostilla de La Haya. Previo a esto, el documento debe haber cumplido la debida legalización en las instancias competentes (por ejemplo, si se trata de  una Partida de Nacimiento, debe ser llevada al Registro Principal del Estado correspondiente, luego al Ministerio del Poder Popular para Interiores y Justicia y  posteriormente, es cuando se tiene que presentar  ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. La Sección de Legalizaciones está ubicada en la Torre MRE, Planta Baja, Esquina Principal, de Conde a Carmelitas, Caracas.

4.¿Entonces, la Sección Consular no me puede certificar una partida de nacimiento, matrimonio o defunción extendida en el exterior?
Si se puede, en el caso de los nacimientos siempre que el mismo corresponda a hijos o hijas de venezolanos ocurridos en República de Panamá, de conformidad con el articulo 32, ordinales 2 y 3 de nuestra Carta Magna, previa inscripción debida de nacimiento ante la Sección Consular.
De igual manera para los matrimonios, se pueden certificar siempre que se haya celebrado en Panamá y esté debidamente inscrito ante la Sección Consular y finalmente en el caso de las defunciones, solo aquellas bajas que se hayan dado también en Panamá, previo registro en la misma oficina consular.

5.¿Debo registrarme ante la Sección Consular? y Para qué me sirve eso?
Si. El Registro Consular es un censo de los venezolanos que se encuentran  en el extranjero. Y para que usted pueda realizar cualquier actuación, trámite o solicitud, se requiere estar inscrito en el Registro con el fin de facilitar los procedimientos.
Esto le permitirá a usted, en caso de extravío de su documentación venezolana, que la Sección Consular  pueda identificarlo y además  emitir copias autenticadas de sus documentos que permanecen en el expediente, siempre y cuando vayan dirigidas a la autoridad panameña que lo requiera.

6.¿Qué debo hacer si me roban o se me extravía el Pasaporte?
El extravío del pasaporte, ya sea por  robo o por pérdida, debe primero ser notificado a las autoridades policiales (DIJ) de la zona o localidad donde se encuentre. Una vez presentada la denuncia, siendo usted residente en la República de Panamá deberá  hacer la solicitud de un pasaporte nuevo siguiendo los pasos indicados en la página web de SAIME, una vez obtenida la cita por las señaladas autoridades deberá llamar a nuestra oficinas para confirmarle la hora, adicional deberá consignar la planilla que le genera el sistema, copia simple de la partida de nacimiento, original y copia de su cédula de identidad, copia de la primera página del pasaporte (en caso de tenerla) y traer consigo los $80 en efectivo para realizar el pago de los derechos de su pasaporte ante nuestra cuenta del banco HSBC, información que le será suministrada más completa al momento de la cita. 
En el caso que usted no posee un documento de identidad original venezolano (cédula de identidad laminada, acta de nacimiento, pasaporte original -anterior al extraviado-), debe presentarse personalmente ante la Sección Consular para tramitar una solicitud de verificación de identidad ante el Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia – SAIME. Una vez que se obtenga respuesta satisfactoria a su verificación de nacionalidad, y previa autorización de dichas autoridades, la Sección Consular procederá a emitirle un nuevo pasaporte, siguiendo el procedimiento respectivo.  
En algunos casos, puede otorgarse un Documento de Viaje, que le permitirá a la persona regresar a Venezuela para tramitar allí su pasaporte. Este documento debe solicitarlo directamente en la Sección Consular. 

7.¿Cuáles son los requisitos para ingresar un vehículo a Venezuela?
a.-Importación de vehículos bajo el Régimen de Equipaje de Pasajeros con Certificado de Uso:
Se consideran pasajeros todas aquellas personas nacionales o residentes en Venezuela que entren o salgan del territorio nacional, por los lugares habilitados para operaciones aduaneras, a bordo de vehículos de transporte público o privado.
De acuerdo con el Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales, se entiende por equipaje el conjunto de efectos de uso o consumo personal y los obsequios que trasladen los pasajeros y tripulantes al arribar o salir del país, que por su naturaleza, cantidades y valores no demuestren finalidad comercial. También se admiten como equipaje, el menaje de casa y los vehículos pertenecientes a los pasajeros.
Debe presentar fotocopia de su pasaporte donde aparezcan los datos personales y el sello de salida provisto por las autoridades de Inmigración de Venezuela, así como el documento denominado “Conocimiento de Embarque”.
b.- Importación Temporal de vehículos usados por parte de extranjeros con visa de transeúnte bajo el Régimen de Admisión Temporal:
Deberá presentar ante la Gerencia de Aduana Principal por donde ingresara el vehículo, con anterioridad a la llegada del mismo, una solicitud de admisión temporal (en original y doble copia), adjuntando listado de mercancías y documento propiedad del vehículo, marca, serial y otras señales de identificación. Esta solicitud puede ser presentada por un tercero acreditado por poder o constancia escrita. Asimismo, es necesario constituir una garantía (en forma de depósito o fianza) por el monto de los impuestos de importación correspondientes y presentar a la Aduana el título de propiedad, factura comercial original, conocimiento de embarque, declaración de importación. Para tales fines se sugiere ingresar en la pagina Web www.seniat.gov.ve, en la sección Aduanas, Regimenes Especiales, Admisión Temporal “AT”).

8.¿Es necesario tramitar el pasaporte electrónico, aún cuando tengo un pasaporte "no electrónico" en vigor?
R: Los pasaportes anteriores "NO ELECTRÓNICOS", siguen teniendo validez hasta su fecha de vencimiento. No es necesario cambiar el pasaporte hasta que esté próximo a su vencimiento.

9.¿Cuáles son los requisitos para tramitar el pasaporte electrónico o biométrico?
Los requisitos están publicados en nuestra página web:
También le recomendamos visitar los siguientes enlaces:
http://www.saime.gob.ve/pasaportes/pasaportes.php

10. ¿Qué duración tiene el trámite para obtener pasaporte electrónico?
45 días aproximadamente para asignar la cita. Entre 15 a 45 días aproximadamente para recibir el pasaporte, contados a partir del día de la cita.

11. He perdido la cita para tramitar el pasaporte electrónico, que debo hacer?
Tiene que esperar 7 días para realizar una nueva solicitud de cita en la página del SAIME

12.¿La partida de nacimiento que exigen debe ser original?
Si no tiene original, debe traer la fotocopia.
En caso que sea para menores de edad debe aportar el original de la partida de nacimiento.
En caso que sea necesario realizar algún cambio en el sistema SAIME con relación a nombres, apellidos, lugar y fecha de nacimiento deberá aportar la partida de nacimiento original.

13.¿Dónde puedo descargar la planilla de solicitud, ya que es uno de los requisitos exigidos?
Para descargar la planilla de solicitud, usted debe ingresar a la página de SAIME con su usuario y contraseña. Luego debe ir al apartado ESTADO DEL TRÁMITE. Allí encontrará un enlace para DESCARGAR PLANILLA.

14-Al descargar la planilla de solicitud observo que uno o alguno de mis datos personales en el sistema están incorrectos, que debo hacer?
A momento de acudir ante la Sección Consular en el día de su cita para realizar el trámite, le realizaremos los cambios necesarios.
En caso que los cambios versen  sobre nombres, apellidos, sexo, lugar y fecha de nacimiento,  deberá traer la partida de nacimiento original. No es necesario que esté apostillada.

15.¿La partida de nacimiento debe ser reciente?
No es necesario, con tal que se encuentre legible.

16.¿La cédula debe ser reciente o puedo presentarla aunque esté vencida?
Puede traerla aunque esté vencida.

17.¿El pasaporte biométrico es el que sirve para viajar al Reino Unido?
R: Todos los pasaportes venezolanos son válidos para viajar al Reino Unido. No obstante, si usted tiene un pasaporte convencional (no electrónico) deberá solicitar visa ante el consulado británico. Si usted tiene un pasaporte electrónico NO necesita solicitar visa.

18.¿Cuál es el importe de las tasas y dónde se pagan?

R: El importe y la cuenta bancaria para el pago se le indicará en el momento que venga a realizar el trámite. Actualmente son $80,00. Los menores de edad están exentos de pago.

19.Mi hijo menor de edad es mayor de 9 años y no tiene cédula de identidad. El sistema no me permite solicitar el pasaporte. ¿Qué debo hacer?
R: Actualmente el sistema de emisión de pasaportes electrónicos no admite la posibilidad de emitir pasaportes electrónicos para personas mayores de 9 años sin estar cedulados. De manera que si tiene 9 años o más y no tiene cédula, no puede optar a dicha solicitud.

20.He estado en el listado de solicitudes de pasaporte del año 2009 en la Sección Consular por más de 01 año. ¿Debo pedir cita en el SAIME?
Si, ahora debe tramitar su cita a través del SAIME (Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería). http://www.saime.gob.ve

21.Soy naturalizado con cédula de identidad de más de 22 millones, ¿Puedo tramitar el pasaporte electrónico o biométrico?
R: Debe seguir lo indicado en la página web de SAIME.
www.saime.gob.ve

22.En el momento de realizar una solicitud de pasaporte, el sistema me arroja el siguiente mensaje. “El ciudadano ya posee pasaporte” o “Ud. ya tiene un pasaporte vigente”, lo cual no me permite realizar una nueva solicitud. ¿Qué debo hacer?
R: Ud. debe acudir ante la Sección Consular y solicitar la correspondiente anulación  de su pasaporte anterior la cual será enviada a SAIME para que pueda solicitar una cita para tramitar su nuevo pasaporte electrónico.
Deberá traer copia y original de su pasaporte actual, en caso de pérdida o robo deberá traer la denuncia policial y un documento que lo identifique.

23. Tengo una solicitud de pasaporte anterior que aún aparece “en trámite” ante el SAIME, lo cual no me permite realizar una nueva solicitud. ¿Qué debo hacer?
R: Ud. debe acudir personalmente ante la Sección Consular con el fin de solicitar  la orientación correspondiente para la anulación del trámite que le aparece activo.

24.En el momento de realizar una solicitud de pasaporte, el sistema me arroja el siguiente mensaje. “Ud. tiene una objeción”  o “Trámite en proceso administrativo”. ¿Qué debo hacer?
R: En estos casos usted deberá enviar a algún familiar o conocido a la oficina más cercana del SAIME en Venezuela para reportar esta incidencia. Toda vez que la Sección Consular no está autorizada para resolver esta dificultad.

25.Tengo problemas con el registro de usuarios y/o solicitud para tramitar
pasaporte electrónico a través del SAIME y no encuentro la solución en esta página ¿Qué debo hacer?

R: Debe contactar directamente con el SAIME. http://www.saime.gob.ve
No se considera INCIDENCIA estar a la espera de la cita.
Sólo se procesarán las dudas cuyas respuestas no están publicadas en nuestra página web.

26. El sistema SAIME no admite el número de teléfono.
Para introducir correctamente el número de teléfono y sea validado por el sistema, tiene que introducir un número de teléfono con 11 dígitos, colocando el código de área por delante. Debe evitar colocar números de celulares, dado que el sistema no lo admite.
Ejemplos:  Panamá: 05073999128 – Venezuela: 02127777777

27.¿Qué puedo hacer si perdí el pasaporte (por extravío o robo) y/o la cédula?
R: El extravío del pasaporte, ya sea por robo o por pérdida, debe primero ser notificado a las autoridades policiales de la zona en la que se encuentre. Una vez presentada la denuncia, debe hacer la solicitud de un pasaporte nuevo siguiendo los pasos indicados en el sistema SAIME (Servicio Administrativo de Identificación Migración y Extranjería). http://www.saime.gob.ve
En caso que usted posea un estatus migratorio de turista y está próximo a viajar a Venezuela, se le expedirá un documento de viaje (verificar requisitos para solicitar este trámite), previa consignación de recaudos.

28. ¿Cuándo y cómo retiro mi pasaporte biométrico?
R: En la página web del SAIME www.saime.gob.ve, donde solicitó la cita, podrá consultar el estado de su trámite y podrá saber si su pasaporte ha sido enviado a la oficina, pero no puede saber si ha sido recibido por la Sección Consular. En este caso debe llamar a la Embajada para verificar si ya fue recibida la remesa de pasaportes electrónicos correspondiente a su solicitud, según la fecha de cita.

29.He recibido un correo del SAIME en el que se me notifica que ya han enviado mi pasaporte a la oficina consular. ¿Cuándo debo retirarlo?
R: Ciertamente las autoridades de SAIME le enviarán  un correo electrónico notificándole que su nuevo pasaporte ha sido enviado a la oficina consular; sin embargo, esto no quiere decir que ya fue recibido en la Sección Consular. Por lo tanto le recomendamos que se tome la molestia de llamar a la Embajada para confirmar su recepción.

30.OTRAS RECOMENDACIONES EN GENERAL:
R: En su correo electrónico, le recomendamos revisar las carpetas o bandejas de correos no deseados o bandejas de correos SPAM ya que algunos proveedores de cuentas de correos electrónicos especialmente HOTMAIL,  desvían los mensajes provenientes del SAIME y del Consulado a dichas carpetas.

 
 
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